La Torá enumera y define muchas formas de castigo para pecadores y ofensores, desde sencillas multas hasta latigazos y aún la pena capital. Sin embargo, en ningún lugar sugiere encarcelamiento como forma de castigo.

Esto es porque el propósito de la existencia es establecer una morada para Di-s en este mundo, que se logra utilizando nuestras fuerzas y talentos individuales otorgados por Di-s en aras de Su servicio. En todas las otras formas de castigo (excepto la pena capital, que, en los casos prescripta por la Torá, es la única forma de expiación que el ofensor puede tener), el individuo sufre una pena, es limpiado de su pecado, y es retornado a la libertad en donde se espera que reasuma una vida productiva haciendo de este mundo una morada para Di-s. Como prisionero, sin embargo, uno es negado la libertad de cumplir con la misión Divina, es decir, es negado de la razón de su propia existencia.

Permitir a una persona vivir y, a su vez, quitarle su vida, es inhumano.

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